CAMBIO DE CATEGORIA
RESOLUCIÓN Nº 006/20 – Reglamentación de cambios de categoría
Considerando que, el desenvolvimiento de la actividad laboral es dinámico, razón por la cual, se ejerce conforme las oportunidades, los deseos, las demandas del mercado o cualquiera otra causa que, conforme lo determinen los cambios, obliga al matriculado a replantear su práctica profesional;
Que, en ese marco, resulta menester reglamentar los cambios de categoría, con el objeto de no perjudicar a los matriculados haciéndolos permanecer en una categoría que no se corresponde con su coyuntura laboral;
EL COLEGIO PROFESIONAL DE ARQUITECTURA Y URBANISMO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
RESUELVE, que los profesionales matriculados en este Colegio Profesional, podrán solicitar cambio de categoría matricular, 2 (dos) veces al año como máximo.
MATRICULADOS QUE SOLICITEN CAMBIO A LA CATEGORÍA DE REGISTRADO
Presentar Formulario de Declaración Jurada que forma parte de esta Resolución como ANEXO I. Asimismo, si correspondiere, deberá adjuntar Certificado de Final de Obra y/o Nota de Renuncia a las Direcciones Técnicas / Representaciones Técnicas de las obras en que hubiere tenido intervención y/o acreditación suficiente de la finalización del vínculo de relación contractual.
MATRICULADOS QUE SOLICITEN CAMBIO A LA CATEGORÍA DE HABILITADO EN RELACION DE DEPENDENCIA
Presentar Formulario de Declaración Jurada que forma parte de esta Resolución como ANEXO II. Asimismo, si correspondiere, deberá adjuntar Certificado de Final de Obra y/o Nota de Renuncia a las Direcciones Técnicas / Representaciones Técnicas de las obras en que hubiere tenido intervención y/o acreditación suficiente de la finalización del vínculo de relación contractual.
MATRICULADOS QUE SOLICITEN CAMBIO A LA CATEGORÍA DE HABILITADO,
Presentar Formulario de Declaración Jurada que forma parte de esta Resolución como ANEXO III.
MATRICULADOS QUE REVISTAN EN LA CATEGORÍA DE INHABILITADOS
podrán solicitar su REHABILITACION mediante la presentación del Formulario de Declaración Jurada.